SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

II.2.

II.2.  Mediante Resolución TSE-RSP 654/2014 de 29 de diciembre, Wilfredo Ovando Rojas, Irineo Valentín Zuna Ramírez, Ramiro Paredes Zarate, Dina Agustina Chuquimia Alvarado y Marcos Daniel Ayala Soria, ex Vocales del Tribunal Supremo Electoral resolvieron: “PRIMERO.- Aprobar el informe TSE-INF.UTF. Nº 947-A/2014 de 22 de diciembre de 2014, emitido por la Unidad Técnica de Fiscalización. SEGUNDO.- Inhabilitar para las Elecciones Subnacionales 2015, al partido político Acción Democrática Nacionalista (ADN), por no haber cumplido con lo establecido por el artículo 265 de la Ley 026 y los artículos 80º y 81º del Reglamento de Fiscalización a Organizaciones Políticas. TERCERO.- Se deja sin efecto las Resoluciones TSE-RSP No. 0628/2014, TSE-RSP No. 0644/2014 y TSE-RSP No. 0648/2014, que otorgaron personalidad jurídica y registro de alianzas en las que tiene participación el partido político Acción Democrática Nacionalista (ADN)” [(sic) fs. 5 a 6].