SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

II.2.

II.2.  Mediante memorial presentado el 30 de agosto de 2011, Edgar Hermógenes Patana Ticona, ex Alcalde del referido Gobierno Autónomo Municipal -ahora codemandado- a través de su representante legal en la vía voluntaria interpuso demanda de expropiación forzosa contra María Asunta Nieto Vda. de Zegada, Gloria, Juan Tomás y Mario Zegada Nieto -hoy terceros interesados-, del inmueble lote s/n ubicado en la zona de Villa Dolores de El Alto, manzana 345, con una superficie de 788,48 m2, solicitando la suscripción de la minuta y la escritura pública de trasferencia forzosa a nombre de los propietarios renuentes a favor del mencionado Gobierno Autónomo Municipal, disponiéndose el correspondiente registro en DD.RR. de El Alto (fs. 36 a 38 vta.); a lo cual Ramiro Rocha Uriarte, Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz -hoy demandado-, por providencia de 31 de igual mes y año, dispuso acreditar el pago del precio de indemnización como el hecho de que los demandados no concurrieron previo emplazamiento a suscribir y firmar la escritura pública y protocolo de transferencia (fs. 39 vta.).