SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2016-S3

Fecha: 29-Feb-2016

II.3.

II.3.  Por memorial presentado el 6 de septiembre de 2011, la representante del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, subsanó lo extrañado (fs. 40 y vta.); y por decreto de 7 de ese mes y año, la autoridad judicial ahora demandada señaló que no se salvó la obligación de demostrar el cumplimiento de todos los pasos que hacen a un procedimiento administrativo de expropiación, debiendo la referida entidad observar lo ordenado (fs. 41); así, por memorial presentado el 21 del citado mes y año la representante de dicho Gobierno Autónomo Municipal reiteró su solicitud de admisión de la demanda voluntaria                (fs. 42 a 43). Mediante Auto de 22 de septiembre de 2011, el Juez de la causa hoy demandado desestimó la acción judicial (fs. 44 a 46).