SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2016
Fecha: 23-Mar-2016
obligatoriedad
Ahora bien, establecida la obligatoriedad del Servicio Militar y la opcionalidad del Servicio Premilitar, corresponde efectuar una precisión sobre el carácter de las normas imperativas y las supletorias; en este sentido, una ley será imperativa cuando no es posible substraerse de lo que obliga o prohíbe; es decir, impone obligaciones o establece prohibiciones; en consecuencia, su mandato se impone a la voluntad de las partes, y por ende, debe cumplirse aún cuando éstas no estén de acuerdo con el mandato.
Por otra parte, la norma poseerá un carácter supletorio u opcional, cuando lo establecido en la ley pueda modificarse de acuerdo a la voluntad de las personas; es decir, les permite medir los efectos o consecuencias o las obligaciones y prohibiciones que sostengan su decisión, y cuando las partes no adoptan una decisión firme, la norma “suple” su indecisión; en consecuencia, la ley sólo tendrá efecto si las partes no han expresado su voluntad, de donde se infiere que una norma supletoria permite que la voluntad de las partes prevalezca.
- acción de
- I.1. Contenido de la acción
- I.2. Admisión y citación
- I.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- “Artículo 58.
- Artículo 60.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de inconstitucionalidad
- su labor se concentra en el control objetivo de constitucionalidad de las disposiciones legales objetadas
- III.2. Acción de inconstitucionalidad abstracta
- III.2. Supremacía constitucional y jerarquía normativa
- III.3. El bloque de constitucionalidad
- 1.
- III.4.
- 3.
- se reclute obligatoriamente en sus fuerzas armadas a ningún menor de 18 años
- Bolivia declara que, bajo su legislación vigente,
- III.5.
- III.6. El servicio militar OBLIGATORIO como deber ciudadano; marco normativo
- deberes
- obligatorio
- Artículo 2.-
- III.6. Test de constitucionalidad
- III.6.1. Consideraciones previas
- voluntario
- obligatoriedad
- [2]
- “Desde los 17 hasta los 22 años de edad cumplidos”
- 17 años de edad
- Los Estados Partes velaran porque no se reclute obligatoriamente en sus fuerzas armadas a ningún menor de 18 años
- INCONSTITUCIONALIDAD