Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2016-S3
Fecha: 15-Mar-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 23/2015 de 14 de octubre, cursante de fs. 429 a 434, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Abraham Chipana Chipana en representación legal de Ángel Darío Grossberger Morales contra Osmar Fermín Guarachi Rocha, Roberto García Cayo, Gonzalo Arriaran Rocha, Delia Coca Peña, Carlos Cayo Cervantes, Leonardo Rocha Flores y Daniel Cayo Cervantes, miembros del Directorio de la Organización Territorial de Base (OTB) de la comunidad de Falsuri del departamento de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre
- cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas
- III.2. Naturaleza y alcances del derecho al agua
- en este sentido por la naturaleza de este derecho en su ejercicio individual, no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho en su uso racional como bien escaso por grupo social alguno -sea una comunidad campesina o sea una colectividad diferente- ni tampoco por persona particular
- III.3. Análisis del caso concreto
- derecho de acceso al agua
- CONFIRMAR