SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2016-S3

Fecha: 15-Mar-2016

II.3.1.

II.3.1. Acta circunstanciada de 21 de agosto del mismo año, en la que el Notario de Fe Pública citado anteriormente señaló que: “Nuevamente me hice presente en el lugar que corresponde a la propiedad del     Sr. ANGEL DARIO GORSSBERGER MORALES, haciendo un recorrido por esta propiedad me dirigí hacia la apaga o toma de agua, por donde empieza a ingresar el agua de la mita del Rio Collpamayu, donde se ha podido advertir en la referida toma de agua a varios comunarios de Falsuri quienes se encuentra agrupados en un número aproximado de 50 personas, quienes se encuentran apostados en el sector se verificó inclusive que armaron fogatas precarias para cocinar sus alimentos, llegando a conversar con el    Sr. ROBERTO GARCIA CAYO, quien se identificó como                 Vice-Presidente de la O.T.B. de Falsuri, quienes yo le manifesté que este predio era privado y que ellos estaban invadiendo, sin embargo me respondió que ‘yo no sabía nada’. A continuación le pregunte porque no dejan pasar el agua hacia el sector o propiedad de la hacienda Falsuri a lo que nadie respondió nada” (sic) (fs. 43). Por cuanto se adjuntó el muestrario fotográfico (fs. 44 a 46).