Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2016-S3
Fecha: 15-Mar-2016
II.4.
II.4. Dentro del proceso contencioso administrativo seguido por el Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP) contra el Director Nacional a.i. del INRA, en el que se impugna la RA-SS 1338/2010, emitida en el proceso de saneamiento del predio denominado Falsuri; por lo que, la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, emitió la Sentencia Nacional Agroambiental S2a 24/2014 de 23 de junio, declarando probada en parte la demanda, y en consecuencia nula la Resolución Administrativa impugnada, retrotrayendo el proceso hasta el vicio más antiguo, disponiendo la reapertura de las pericias de campo (fs. 157 a 184).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre
- cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas
- III.2. Naturaleza y alcances del derecho al agua
- en este sentido por la naturaleza de este derecho en su ejercicio individual, no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho en su uso racional como bien escaso por grupo social alguno -sea una comunidad campesina o sea una colectividad diferente- ni tampoco por persona particular
- III.3. Análisis del caso concreto
- derecho de acceso al agua
- CONFIRMAR