SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2016-S3
Fecha: 30-Mar-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, y se disponga la nulidad de las Resoluciones de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0411/2015 y AGIT-RJ 0412/2015, ambas de 17 de marzo y emitidas por la autoridad hoy demandada, hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la notificación con las Actas de Intervención Contravencional AN-PSUZF-AI 107/2010 de 10 de abril y AN-PSUZF-AI 180/2010 de 28 del mismo mes, a efecto que se permita a FADERPA LTDA., el ejercicio de sus derechos a la defensa y seguridad jurídica, reponiendo los derechos y garantías constitucionales y procesales conculcados, debiendo declararse en consecuencia la inexistencia de la contravención aduanera de contrabando; con costas y determinación de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.3.
- II.3.5.
- II.4.
- II.4.1.
- II.4.2.
- II.4.4.
- II.4.8.
- II.5.
- II.6.
- II.7. El 23 de junio de 2015
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la ausencia del objeto de la acción de amparo constitucional al haberse extinguido la causa que motivó su interposición
- Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido
- III.2. Análisis del caso concreto
- Autos de Conclusión
- CONFIRMAR