SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2016-S3
Fecha: 30-Mar-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La Empresa accionante a través de su representante denuncia la vulneración de los derechos invocados en la presente acción tutelar; por cuanto, no tuvo conocimiento sobre la existencia del proceso sancionatorio y contravencional seguido por la Gerencia Regional Santa Cruz de la ANB, al haber sido notificada mediante cédula desconociendo cualquier proceso determinativo, siendo directamente notificada con los Proveídos de Inicio de Ejecución Tributaria, lo que suscitó que interpusiera la nulidad de obrados hasta la notificación con el Acta de Intervención Contravencional emitida por la Administración de la ANB, la misma que fue rechazada por esa instancia, procediendo a interponer el recurso de alzada, y posteriormente, el jerárquico haciendo notar que no se cumplió con los requisitos de forma ni con la finalidad de las notificaciones de hacer conocer a las partes la existencia de un proceso; sin embargo, la autoridad demandada emitió las Resoluciones de Recurso Jerárquico, convalidando las vulneraciones cometidas por la Administración Aduanera.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.3.3.
- II.3.5.
- II.4.
- II.4.1.
- II.4.2.
- II.4.4.
- II.4.8.
- II.5.
- II.6.
- II.7. El 23 de junio de 2015
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la ausencia del objeto de la acción de amparo constitucional al haberse extinguido la causa que motivó su interposición
- Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido
- III.2. Análisis del caso concreto
- Autos de Conclusión
- CONFIRMAR