SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2016
Fecha: 13-Abr-2016
I.4. Resolución del Juez de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz
Mediante Resolución 255/2014 de 23 de octubre, el Juez Tercero de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, sin fundamento legal mucho menos constitucional, exponiendo los antecedentes del proceso penal seguido por Hermenegildo Delgado Quispe contra Esteban Delgado Bautista, Adolfo Aruquipa Chipana, Alfredo Yujra Fernández, Víctor Yujra Ticona, Martha Delgado Bautista, Marcela Bautista, Severiana Machicado Quispe, Pascuala Osco Callisaya, Epifanio Yujra Vela, Daniel Callisaya Aruquipa, Daniel Delgado Arteaga, Israel Yujra Bautista y Martha Loza de Yujra, miembros indígena originario campesinos de la comunidad Wila Collo, por la presunta comisión de los delitos de carácter privado de difamación calumnia e injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), de conformidad al art. 102.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), dispuso la remisión de todos los antecedentes ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
- I.1. Contenido de la demanda
- I.2. Hechos que motivan el conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.3. Conflicto de competencias jurisdiccionales suscitada entre las autoridades indígenas originario campesinas de Wila Collo y el Juez de Partido y Sentencia Penal de El Alto, todos del departamento de La Paz
- I.4. Resolución del Juez de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz
- I.5. Petitorio
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- III.2. El reconocimiento constitucional del principio del pluralismo jurídico igualitario
- III.3. Naturaleza jurídica del conflicto de competencias jurisdiccionales
- 1.
- Fragmento 25
- III.5. La jurisdicción y competencias de las autoridades indígena originario campesinas
- Fragmento 27
- la maximización de la autonomía de las comunidades indígenas
- III.7.
- Fragmento 30
- subsidariedad,
- 2° Disponer