SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

III.2.  Entendimiento reiterado sobre la validez de los actos administrativos y la doctrina de los actos propios

           Al respecto, la SC 1464/2004 -ya mencionada-, sobre ese tema, estableció que: “…'se considera acto administrativo, toda declaración, disposición o decisión de la Administración Pública, de alcance general o particular, emitida en ejercicio de la potestad administrativa, normada o discrecional, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la presente Ley, que produce efectos jurídicos sobre el administrado.  Es obligatorio, exigible, ejecutable y se presume legítimo'. El art. 32 de la LPA, señala que 'Los actos de la Administración Pública sujetos a esta ley se presumen válidos y producen efectos desde la fecha de su notificación o publicación'.