SETENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SETENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2016-S3

Fecha: 13-Abr-2016

II.4.

II.4.  Agustín Zárate Mamani, Director de la FELCC de Villazón, en la inspección judicial, señaló lo siguiente: 1) La fotografía del ahora accionante se encuentra almacenada en la computadora (se entiende de esa institución); 2) Por orden del Coronel (Marcelo Tejerina Ríos [hoy demandado]) entregó el retrato a Alexander Chungara Montaño, funcionario policial del Comando de Frontera Policial de la indicada localidad -ahora codemandado-, desconociendo lo que pasó posteriormente; 3) No pudo imprimir la fotografía, puesto que la computadora se encontraba en mal estado; sin embargo, no tiene conocimiento de dónde se imprimió la misma; 4) Puede exhibirse el archivo y sacarse fotografías, pero no entregarse a otras personas; 5) Las fotografías son tomadas de acuerdo al número de caso, que en la presente causa está signado bajo el número 169/2015, mismo que fue puesto a conocimiento del Ministerio Público, pero no pudo llevarse a cabo la audiencia de medidas cautelares porque los Fiscales de Materia no se encontraban trabajando, entonces, el accionante “transó” con la denunciante, concluyendo el trámite; y, 6) Los retratos pueden exhibirse solo con requerimiento fiscal (fs. 51 a 52).