SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2016-S2

Fecha: 05-May-2016

II.5.

II.5.  En respuesta a la nota de 1 de julio de 2013, la Gerencia Distrital La Paz del SIN, emitió el proveído SIN/GDLPZ/DJCC/UJT/PROV/0062/2013 de 4 de julio, señalando que fue de conocimiento de Iván Federico Contreras Joffre la notificación de la Resolución Determinativa SIN/GDLP/DTJC/UJT/RD/00735/2013 que fue realizada a su persona el 26 de junio de igual año, como representante legal del contribuyente Fuerza Aérea Boliviana con NIT 122905020, según lo establecido por el art. 91 del CTB; toda vez que, de la revisión del padrón de contribuyentes del SIN, se evidenció que en el mismo se encuentra registrado como representante legal su persona, siendo la notificación practicada totalmente valida; asimismo, señaló que en la cláusula quinta de la mencionada Resolución Determinativa, se garantizó el derecho del contribuyente al otorgarle un plazo perentorio para realizar o interponer los recursos de impugnación previstos por ley, computables a partir de su legal notificación, caso contrario la mencionada Resolución Determinativa quedaría ejecutoriada, procediendo la Administración Tributaria a la ejecución del título ejecutivo (fs. 94).