SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2016-S3

Fecha: 03-May-2016

Fragmento 16

           El entonces Tribunal Constitucional, a través de la SC 0481/2002-R de 24 de abril, estableció que la “…inmediatez es una de las características esenciales del Recurso de Amparo como garantía constitucional, lo cual importa que la persona que se cree agraviada en sus derechos fundamentales debe acudir a esta vía en forma rápida a fin de que se le preste la protección oportunamente, siempre que demuestra el acto ilegal o la omisión indebida que acusa” (las negrillas son nuestras).