SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

Fragmento 14

             El debido proceso como legitimador del poder sancionador del Estado, se encuentra consagrado nítidamente en los arts. 115.II y 117.I de la CPE; en efecto, la jurisprudencia constitucional desarrollada por esta jurisdicción precisó que el debido proceso se caracteriza por su triple dimensión, como derecho fundamental de los justiciables, principio procesal y garantía jurisdiccional.