SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

III.1.    Reiteración de la jurisprudencia constitucional respecto al debido proceso en su vertiente motivación, fundamentación, congruencia de las resoluciones y correcta valoración de las pruebas

             El máximo intérprete de la Constitución Política del Estado, sobre la base de lo preceptuado por los arts. 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 del PIDCP, identificó los elementos configuradores del debido proceso; sin embargo, cabe aclarar que dicha enumeración tiene carácter meramente enunciativo y referencial, pero de ninguna manera reductivo o limitativo; así, entre los componentes del debido proceso que merecen ser resaltados en el caso particular, se debe citar a la motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones.