Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2016-S3
Fecha: 09-Jun-2016
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) El restablecimiento de los derechos conculcados; b) La inmediata restitución física del inmueble, ordenando el lanzamiento, desocupación y/o retiro del demandado y demás avasalladores, en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas, con auxilio de la fuerza pública; y, c) El pago de costas, multas, daños y perjuicios y demás consecuencias emergentes.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La acción de amparo constitucional ante la existencia de medidas de hecho
- Fragmento 12
- III.2. Del cumplimiento de actuaciones previas y señalamiento de audiencia, en las acciones de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- las medidas precautorias que se requieran
- III.4. Otras consideraciones