Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2016-S3
Fecha: 09-Jun-2016
II.2.
II.2. Consta copia autenticada de la “CEDULA JUDICIAL” (sic) emitida por el Juzgado de Agroambiental de Méndez del departamento de Tarija, inherente al Auto de 21 de octubre de 2015, de declaración de incompetencia y declinatoria de competencia a favor del Director Departamental de Tarija del INRA, confirmada previa interposición de recurso de revocatoria mediante Auto de 18 de noviembre del citado año, (fs. 174 a 175 y 180 a 182).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La acción de amparo constitucional ante la existencia de medidas de hecho
- Fragmento 12
- III.2. Del cumplimiento de actuaciones previas y señalamiento de audiencia, en las acciones de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- las medidas precautorias que se requieran
- III.4. Otras consideraciones