Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0662/2016-S3
Fecha: 09-Jun-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante señala como lesionados sus derechos a la propiedad privada y al comercio, industria o cualquier actividad económica lícita, citando al efecto los arts. 14.III, 47.I; y, 56.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La acción de amparo constitucional ante la existencia de medidas de hecho
- Fragmento 12
- III.2. Del cumplimiento de actuaciones previas y señalamiento de audiencia, en las acciones de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- las medidas precautorias que se requieran
- III.4. Otras consideraciones