Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2016
Fecha: 02-Ago-2016
3°
3° IMPROCEDENTE la consulta en relación al caso de compra venta de propiedad agraria registrada mediante acta de 24 de abril de 2011, y la solicitud mediante la cual las autoridades del Ayllu Hampaturi y de sus instancias superiores suscitaron el conflicto de competencias, contra el Juez Décimo Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, en el caso numerada con IANUS 201199201544716.
- I.2.2. Territorialidad y organización
- II.1.1. Hechos y circunstancias
- II.1.2. La norma objeto de consulta
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.4.
- II.2.5.
- II.2.6.
- II.2.7.
- III. SUSTENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE LA CONSULTA
- III.1. La naturaleza jurídica y contenido de las consultas de las autoridades indígena originaria campesinas sobre aplicación de sus normas jurídicas propias a un caso concreto
- III.2. La configuración jurídico-constitucional de los derechos fundamentales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- IV. RESPONDIENDO A LA CONSULTA
- Fragmento 14
- 1° APLICABLE
- 2°
- 3°