Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2016
Fecha: 02-Ago-2016
II.2.6.
II.2.6. Mediante memorial de 3 de julio de 2016, las autoridades de la jurisdicción ICO del Ayllu Hampaturi, solicitaron a Bladimir Monje Aliaga, Fiscal de Materia, en el caso 14306/2015, suspender los actos investigativos que emergió de la denuncia presentada por Faustina Choquehuanca Valencia contra su referido hermano, por problemas de linderos de tierras, mismo que ya fueron resueltos por la jurisdicción del indicado Ayllu mediante Asamblea General (fs. 14 a 17).
- I.2.2. Territorialidad y organización
- II.1.1. Hechos y circunstancias
- II.1.2. La norma objeto de consulta
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.4.
- II.2.5.
- II.2.6.
- II.2.7.
- III. SUSTENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE LA CONSULTA
- III.1. La naturaleza jurídica y contenido de las consultas de las autoridades indígena originaria campesinas sobre aplicación de sus normas jurídicas propias a un caso concreto
- III.2. La configuración jurídico-constitucional de los derechos fundamentales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- IV. RESPONDIENDO A LA CONSULTA
- Fragmento 14
- 1° APLICABLE
- 2°
- 3°