Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2016
Fecha: 02-Ago-2016
I.2.2. Territorialidad y organización
El Ayllu Hampaturi como parte de los “Lupacas”, a su vez, pertenece a la nación de Jach’a Suyu Pakajaqui del departamento de La Paz. Los “Lupacas” se encuentran divididos en dos parcialidades: “Cheqa Lupaca” y el “Cupi Lupaca”, sobre esta lógica dual se fundamentan el ejercicio de las funciones propias de sus autoridades originarias, en cuya cabeza, actualmente, se encuentra el Consejo de Mallkus, sobre la base de dos estancias que demarcan la territorialidad organizativa.
- I.2.2. Territorialidad y organización
- II.1.1. Hechos y circunstancias
- II.1.2. La norma objeto de consulta
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.4.
- II.2.5.
- II.2.6.
- II.2.7.
- III. SUSTENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE LA CONSULTA
- III.1. La naturaleza jurídica y contenido de las consultas de las autoridades indígena originaria campesinas sobre aplicación de sus normas jurídicas propias a un caso concreto
- III.2. La configuración jurídico-constitucional de los derechos fundamentales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- IV. RESPONDIENDO A LA CONSULTA
- Fragmento 14
- 1° APLICABLE
- 2°
- 3°