Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2016
Fecha: 02-Ago-2016
II.2.7.
II.2.7. Por memorial de 3 de junio de 2016, el Consejo de Mallkus del Ayllu Hampaturi, solicitó al Juez Décimo Primero de Instrucción en lo Penal de departamento de La Paz, apartarse de la causa con IANUS 201199201544716, que se refiere a un proceso penal iniciado a instancia de Faustina Choquehuanca Valencia contra René Martín, de los mismos apellidos, por el presunto delito de avasallamiento de tierras, con el argumento que el problemas de éstos, ya fue resuelto en el mencionado Ayllu (fs. 18 a 21).
- I.2.2. Territorialidad y organización
- II.1.1. Hechos y circunstancias
- II.1.2. La norma objeto de consulta
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.4.
- II.2.5.
- II.2.6.
- II.2.7.
- III. SUSTENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE LA CONSULTA
- III.1. La naturaleza jurídica y contenido de las consultas de las autoridades indígena originaria campesinas sobre aplicación de sus normas jurídicas propias a un caso concreto
- III.2. La configuración jurídico-constitucional de los derechos fundamentales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- IV. RESPONDIENDO A LA CONSULTA
- Fragmento 14
- 1° APLICABLE
- 2°
- 3°