Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
II.3.
II.3. Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT Santa Cruz, mediante Resolución de recurso de alzada ARIT-SCZ/RA 0932/2015 de 27 de noviembre, determinó anular obrados hasta la notificación con la RA GR-SCZ-03-031/2007 de 4 de junio, dejando por consiguiente sin efecto las medidas coactivas aplicadas contra Alfonso Saavedra Bruno, en razón a que la administración aduanera tenía conocimiento del domicilio del representante legal a efectos de realizar notificaciones personales no habiendo agotado los recursos de investigación necesarios para dar cumplimiento a los art. 33 y 84 del CTB (fs. 21 a 33).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “procedente en parte”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- Fragmento 15
- III.2.
- ha desarrollado las formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- ‘b.1)
- b.2)
- es cuando una decisión coincide o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba o, en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- REVOCAR en parte