SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
“procedente en parte”
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 31/2016 de 29 de abril, cursante de fs. 146 a 150, declaró “procedente en parte” la tutela impetrada por haber fallado más allá de lo pedido y denegó en cuanto a la falta de fundamentación, disponiendo la nulidad de la AGIT-RJ 0165/2016 y la Resolución de recurso de alzada ARIT-SCZ/RA 0932/2015, a fin de que la ARIT Santa Cruz en uso de sus facultades responda al recurso de alzada en los parámetros previstos y en la presente Resolución, todo ello en base a los siguientes fundamentos: i) En el recurso de alzada presentado por Mariela Menacho Suárez, se pidió dejar sin efecto las anotaciones preventivas, no que se anule hasta el vicio más antiguo, por lo que se advierte que la Resolución de Alzada ARIT SCZ/RA 0932/2015, resulta ser incongruente entre lo pedido y lo resuelto, por cuya consecuencia se hubiera interpuesto el recurso jerárquico; y, ii) No se advierte que las resoluciones de la ARIT Santa Cruz y AGIT carezcan de fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “procedente en parte”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- Fragmento 15
- III.2.
- ha desarrollado las formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- ‘b.1)
- b.2)
- es cuando una decisión coincide o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba o, en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- REVOCAR en parte