Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2016-S3
Fecha: 26-Ago-2016
II.6.
II.6. Cursa Informe Social de 25 de noviembre de 2015, evacuado por la Trabajadora Social del Comité Departamental de la Persona con Discapacidad (CODEPEDIS), dependiente del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, del cual se extrae que Nila Roxana Castillo Camargo es una persona con discapacidad por deficiencia viceral y que se encuentra al cuidado de su hija hoy accionante (fs. 29 a 32). Asimismo, consta Carnet de Discapacidad 07-19621022 NCC expedido por el Comité Nacional de Personas con Discapacidad (CONALPEDIS) el 9 de noviembre de 2015, que especifica los siguientes datos “Tipo de Discapacidad: FISICA; Deficiencia: VICERAL; Porcentaje: 34%”(sic [fs. 33]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos de inejecutabilidad de las conminatorias de reincorporación laboral
- Empero, de verificarse en esta instancia constitucional, que dicha conminatoria adolece de irregularidades en el procedimiento seguido ante la Jefatura del Trabajo, Empleo y Previsión Social o que a la misma no se aplica la normativa u omite uno de los elementos constitutivos del debido proceso como garantía jurisdiccional; en ese caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional se verá imposibilitado de disponer se cumpla la conminatoria, ante la evidencia de su inejecutabilidad
- III.2. L
- sin previo aviso a la otra,
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.
- El Certificado Único de Discapacidad es el documento que califica el tipo y grado de discapacidad de una persona.
- salvo que se cuente con declaratoria de invalidez permanente,
- salvo que se cuente con una declaratoria de invalidez permanente
- III.4.1.
- III.4.2.
- REVOCAR