SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2016-S3

Fecha: 30-Ago-2016

1)

La parte accionante ratificó in extenso los términos expuestos en la presente acción tutelar; y ampliándolos, señaló que: 1) El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por una parte, reconoce que ella tiene la razón jurídica, ordenando a la ANB que se la restituya al mismo rango o similar con el objeto que su salud sea atendida en la ciudad de La Paz; pero por otra, desestimó el recurso jerárquico que interpuso; 2) Frente al “limbo” jurídico provocado, acude a la vía constitucional acreditando que no tiene la posibilidad de realizar trabajos que no tengan acceso a un centro de salud de tercer nivel, tratamientos que no pueden realizarse en la ciudad de El Alto; 3) Se conceda la tutela y en vía de reparación se declare nula y sin valor la Resolución MT/VMESCyCOOP/DGSC/JRLel/RC/AR-022/2015, debiendo en su lugar el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dictar un nuevo fallo que se adecue a las notas de restitución enviadas, disponiendo además que la ANB cumpla con dicho pronunciamiento, también requirió que se impongan daños, perjuicios y costas a la indicada institución por su reticencia a cumplir con lo determinado por dicho Ministerio mediante nota Cite: D.M.T.E.P.S.-Of. 0557/2015; y, 4) Evidentemente existe un proceso penal seguido en su contra que se viene ventilando de seis a siete años atrás, mismo que aún no cuenta con Sentencia ejecutoriada, por lo que de conformidad a la Constitución Política del Estado debe presumirse su inocencia.