SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2016-S2

Fecha: 26-Sep-2016

1)

María Su-En Wang Tasca y María Cha-En Wang Tasca, mediante memorial cursante de fs. 449 a 450, sostuvieron: 1) Al no existir un vicio real en ninguna de las actuaciones del proceso, la accionante busca y pretende encontrar en esta etapa un argumento válido para presumiblemente tratar de dilatar la ejecución del proceso para hacer efectivo el desapoderamiento del inmueble de su propiedad; 2) En la acción de amparo constitucional no se cuestiona la relación del atentado o precios a propiedad definidas entre partes, sino a las normas o disposiciones que fueron conculcadas o transgresión a los preceptos constitucionales, por los fallos que hubieran emitido los tribunales de origen y alzada; 3) La demandante de tutela pretende hacer prevalecer el derecho de propiedad; 4) Considera que los fallos emitidos por las autoridades competentes son atentatorios a sus intereses, lo cual no es justificativo para que en una acción de amparo constitucional se pretenda anular o dejar sin efecto los fallos que consolidaron su derecho; y, 5) los argumentos esgrimidos no son de competencia de la presente acción sino de la jurisdicción ordinaria, que culminó en todas sus instancias.

De lo referido solamente resulta exigible una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: 1) Por vulneración del derecho a un resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales.