Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Considera vulnerados los derechos a la propiedad, al debido proceso, a la vida, a la libertad; y, los “principios” de igualdad, legalidad, justicia y seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 115.I, 120, 122 y 56 de la CPE; 21 del Pacto de San José de Costa Rica; y, 17 inc. 1) de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- la acción de amparo constitucional no se activa para reparar incorrectas interpretaciones o indebidas aplicaciones del Derecho
- i)
- sobre la valoración de la prueba
- el Tribunal de apelación y el Tribunal Supremo de Justicia debieron observar y resolver de oficio la confusión, al ver que las resoluciones contienen violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley
- de oficio de las resoluciones observadas que contendrían infracciones, violación e interpretación errónea o aplicación indebida de la ley;
- CONFIRMAR en todo