SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2016-S2

Fecha: 26-Sep-2016

el Tribunal de apelación y el Tribunal Supremo de Justicia debieron observar y resolver de oficio la confusión, al ver que las resoluciones contienen violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley

De la confusa e imprecisa relación de argumentos expuestos por la demandante de tutela se denuncia que dentro del acción ordinaria de mejor derecho propietario, reivindicación y acción negatoria interpuesta por Su-En Wang Tasca y María Cha-En Wang Tasca en contra suya, las autoridades judiciales demandadas habrían vulnerado sus derechos a la propiedad, al debido proceso, a la vida, a la libertad; y, los principios de igualdad, legalidad, justicia y seguridad jurídica; toda vez que el Juez a quo consideró que el precio de la transferencia en la suma de Bs3000.- no guarda igualdad entre el bien y el precio real de la cosa; que el Juez de primera instancia, la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia no revisaron ni tomaron en cuenta que las pretensiones de las anteriormente nombradas, no eran conexas entre sí, siendo totalmente contradictorias, por lo que el Tribunal de apelación y el Tribunal Supremo de Justicia debieron observar y resolver de oficio la confusión, al ver que las resoluciones contienen violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, entendiéndose como la no aplicación correcta de los preceptos legales, interpretación errónea o infracción de leyes sustantivas, dando un sentido equivocado a dichos preceptos, que debieron ser considerados, valorados y resueltos; y, que el Tribunal de casación no revisó de oficio el proceso conforme disponen los arts. 252, 253 incs. 1) y 3) del CPCabrg., vulnerando las facultades y competencias establecidas por el art. 180.1 de la CPE.