SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2016-S3
Fecha: 07-Sep-2016
Fragmento 12
El accionante a través de su representante denuncia que la autoridad judicial demandada vulneró sus derechos invocados en la presente acción de defensa, toda vez que: 1) Pese a la presentación del certificado de verificación domiciliaria requerido por el Auto 01/2016 de 28 de abril, incumplió con lo dispuesto por el mismo, al mantenerse subsistente su detención domiciliaria; y, 2) Señaló con excesiva posterioridad la audiencia de modificación de la medida sustitutiva impuesta, para permitirle salidas de trabajo, obviando considerar el riesgo inminente de la pérdida de su fuente laboral, determinación que fue confirmada pese al recurso de reposición planteado, aduciendo únicamente sus recargadas labores.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2.1. Respecto a la subsistencia de la detención domiciliaria
- III.2.2. Sobre el señalamiento de audiencia de modificación de medida sustitutiva
- por el carácter provisional de las medidas cautelares, una vez apelada la resolución que disponga detención preventiva por la parte imputada, ésta debe ser resuelta de manera oportuna por las autoridades de alzada; y, si en ese ínterin el imputado presenta una nueva solicitud de cesación de la detención preventiva ante el Juez a quo, con argumentos que puedan contraponerse a la resolución anterior, éste se encontrará imposibilitado de resolverla, pues de hacerlo se daría un trámite paralelo a dos solicitudes impetradas por una misma persona y que persiguen un mismo fin; en ese sentido, se generarían disfunciones procesales innecesarias
- CONFIRMAR