SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2016-S3

Fecha: 07-Sep-2016

II.4.

II.4. Mediante memorial presentado el 11 de mayo de 2016, el hoy accionante señaló actividad procesal defectuosa y en su otrosí solicitó se expida mandamiento de libertad, dejando sin efecto su detención domiciliaria, dando cumplimiento al Auto 01/2016, o en su defecto se determine que si subsiste la detención domiciliaria sea con salidas para ir a trabajar (fs. 25 a 30 vta.), emitiéndose en respuesta el Auto de 12 del mismo mes y año, pronunciado en suplencia legal por Lucia Fuentes Nina, Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz -hoy demandada- quien refirió que: “…la lectura integra de la precitada resolución en ningún momento se establece que se dejaría sin efecto la medida cautelar impuesta una vez presentado el registro domiciliario como erradamente solicita el acusado, aspecto por el que no se hace viable atender la solicitud (…) que en todo caso debe tramitarse el recurso de apelación incidental cautelar promovido por ambas partes…”   (sic [fs. 31]).