SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0937/2016-S3

Fecha: 07-Sep-2016

III.2.1. Respecto a la subsistencia de la detención domiciliaria

           Al respecto, por las connotaciones procesales, se debe precisar que de la revisión de antecedentes se tiene que el accionante el 17 de mayo del 2016, solicitó la modificación de la detención domiciliaria, requiriendo considerar salidas laborales ante la jurisdicción ordinaria (Conclusión II.5.); es decir, activó un mecanismo de defensa intraprocesal tendiente a modificar su situación jurídica definida en el Auto 01/2016; sin embargo,  el 23 de ese mes y año interpuso la presente acción tutelar procurando en lo sustancial el cumplimiento de la referida Resolución en cuando a la temporalidad -que a su criterio- fue asumida por la Jueza titular a momento de imponerle la detención domiciliaria; trasuntando en una pretensión constitucional que por la inicial petición realizada ante la jurisdicción ordinaria no puede ser atendida por la justicia constitucional; toda vez que, el accionante generó una activación simultánea de ambas jurisdicciones, razón por la cual, al encaminar su reclamo por la vía ordinaria -solicitud de modificación de medidas sustitutivas-, elevó una barrera procesal que inhibe a la jurisdicción constitucional emitir pronunciamiento de fondo respecto al acto lesivo reclamado, pues de hacerlo se produciría una dualidad de Resoluciones en diferentes jurisdicciones, y eventualmente contradictorias ocasionando una disfunción procesal citado en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada.