SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2016-S3

Fecha: 14-Sep-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera como lesionado su derecho al debido proceso en sus componentes de aplicación objetiva de la ley, falta de fundamentación en la resolución y principio de “verdad material”; señalando que dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco Económico S.A., contra Adela Valencia de Claros, Néstor Claros Rojas y su persona, una vez declarada probada la demanda, en ejecución de fallos interpuso excepción de prescripción liberatoria sobreviniente; en razón a que la entidad bancaria dejó transcurrir más de ocho años de inactividad procesal y ejercicio de su derecho desde la ejecutoría de la Sentencia; no obstante, las autoridades hoy demandadas al momento de emitir sus Resoluciones no aplicaron objetivamente los alcances de lo dispuesto por el art. 1507 del CC, señalando sin fundamentación que la ejecución coactiva civil de garantías reales sobre créditos hipotecarios y prendarios, se sustenta en un procedimiento especial que no contempla la interposición de ese tipo de incidentes.