SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2016-S3

Fecha: 14-Sep-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En su condición de Juez Técnico del Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Oruro, el 14 de enero de 2016, conforme a los arts. 316 inc. 3) y 318.I del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, 27.2 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), presentó excusa dentro del proceso seguido por el Ministerio Público contra Jesús Oscar Miranda Choqueticlla y Edwin Adalid Carvajal Choqueticlla por la presunta comisión de los delitos de lesiones graves y leves, debido a que del memorial de apelación restringida, del acta de registro de audiencia pública de la referida apelación y de las notificaciones con el recurso de casación presentado por la víctima, observó que los abogados de los acusados eran “Dra. Mirtha Vidaurre Guzman” y “Dr. Jonny Edwin Quilo Rocabado”, quienes resultan ser sus padrinos de matrimonio civil, a cuyo efecto el Tribunal que integra, mediante Auto 18/2016 de 15 de enero, aceptó la excusa y en cumplimiento al art. 318.III del CPP, modificado por el art. 8 de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal -Ley 586 de 30 de octubre de 2014-, elevó antecedentes ante la Sala Penal de turno.

Radicada la excusa en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, los Vocales ahora demandados emitieron el Auto de Vista 2/2016 de 25 de enero, por el cual rechazaron la misma, disponiendo que prosiga con el conocimiento del proceso penal, determinación que tiene una fundamentación inadecuada, omisiva y contradictoria, afectando sus derechos fundamentales, más aún cuando a consecuencia de dicha Resolución los Encargados de Transparencia Institucional y Control y Fiscalización, le iniciaron proceso disciplinario por incurrir en faltas graves -art. 187.3 de la LOJ-, radicando el mismo en el Juzgado Disciplinario Segundo del Consejo de la Magistratura de Oruro.