SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1012/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1012/2017-S3

Fecha: 04-Oct-2017

II.5.

II.5.  Mediante memorial presentado el 20 de septiembre de 2016, el ente bancario hoy tercero interesado planteó recurso de apelación contra el Auto 157 (fs. 495 a 498), y una vez contestado negativamente ese recurso por parte del ahora accionante mediante escrito de 17 de octubre de ese año (fs. 504 a 506), Teresa Lourdes Ardaya Pérez y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy demandados-, por Auto de Vista 22/17 de 17 de enero de 2017 revocaron el fallo refutado, y en consecuencia declararon firmes y subsistentes todos los actuados del proceso ejecutivo (fs. 522 a 524 vta.); asimismo, ante la solicitud de enmienda, complementación y aclaración presentada el 30 del mismo mes y año por la parte accionante, las nombradas autoridades emitieron el Auto complementario 04/17 de 1 de febrero de 2017, declarando no ha lugar a la pretensión mencionada (fs. 527).