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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2017-S3

    Fecha: 04-Oct-2017

    II.6.

    II.6.  Consta nota de 25 de agosto de 2017, de remisión de obrados efectuada por el Juez codemandado a su similar Noveno con sello de recepción de  la misma fecha (fs. 26 y vta.); y a la vez el proveído de 28 de igual mes y año de la receptora Regina Santa Cruz Silva, que ante la remisión del cuaderno de control jurisdiccional principal y el de apelación ordenó cumplir la observación efectuada por la Vocal demandada mediante decreto de 18 de ese mes y año (fs. 26 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a) La Vocal ahora demandada no revisó antecedentes, ni se percató que el memorial extrañado cursa en el cuaderno de apelación y devolvió el legajo al Juzgado de origen provocando retardación y privándole el acceso a la justicia
    • 1)
    • i)
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III.1.
    • Respecto a la problemática identificada en el inc. a)
    • 15
    • oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública,
    • Fragmento 20
    • establece la jurisprudencia que pueden ser demandados en los casos en los que contrarían lo dispuesto por dicha autoridad o cometieran excesos en sus funciones que pudieran vulnerar derechos fundamentales o garantías constitucionales
    • CONFIRMAR

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