Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1118/2017-S3
Fecha: 31-Oct-2017
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El accionante alega la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa y el principio y “garantía” de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 115.II y 117.I y II y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE); 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- En cuanto a las personas.-
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR