Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1118/2017-S3
Fecha: 31-Oct-2017
II.2.
II.2. Resolución del Tribunal de Personal del Ejército 136/2016 de 1 de diciembre, por la cual el Presidente, Vicepresidente y Vocales de dicho Tribunal, resolvieron disponer la sanción disciplinaria de retiro obligatorio contra el ahora accionante, por vulnerar la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus castigos “23”, la Directiva del Ejercito 16/15 y la Orden de Residencia del Dpto. I ADM. RR. HH. SEDEC. 454/15 (fs. 92 a 96). Fallo que fue notificado al accionante el 13 de febrero de 2017 (fs. 97).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- En cuanto a las personas.-
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR