AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2017-O

Fecha: 24-Feb-2017

II.4.

II.4.  Por memorial de 30 de junio de 2016, el denunciante, solicita se considere lo regulado por el Auto Constitucional Plurinacional 0015/2013-O de 20 de noviembre, que establece que el Tribunal de garantías tiene competencia para conocer la queja formulada por su persona (fs. 1108 a 1109). En respuesta se emitió decreto de la misma fecha, en el que señalan: “…se le recuerda que este Tribunal notificó a la autoridad accionada FISCAL DEL DISTRITO DR. GOMER PADILLA JARO, como consta en la diligencia (…) para el cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional 1486/2015-S2 (…) Sin embargo, si el impetrante lo considera necesario puede acudir a la vía llamada por ley, a los fines de hacer valer los derechos presuntamente vulnerados y que reclama en el memorial que antecede” (sic) (fs. 1110).