SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
Fragmento 21
En el caso en análisis la accionante cuestiona mediante la presente acción constitucional el Auto Supremo 411/2016-RA que declaró inadmisible el recurso de casación bajo el argumento de no encontrarse dentro de los alcances del art. 417 del CPP, los memoriales de ampliación del recurso de casación presentados denunciando la existencia de defectos absolutos. En ese estado de cosas y teniendo en cuenta lo desarrollado de forma precedente, se advierte que la accionante a tiempo de formular sus agravios o motivos, mencionó defectos absolutos no susceptibles de convalidación, relacionados con la inobservancia de derechos fundamentales y garantías constitucionales previstos en la Constitución Política del Estado, tales como el derecho y garantía del debido proceso en sus elementos de debida fundamentación de las resoluciones así como la valoración de la prueba; defectos que, en relación al entendimiento jurisprudencial desglosado en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, permiten la flexibilización en cuanto a la exigencia de los requisitos de admisión del recurso de casación, los que en caso de ser denunciados, abren la competencia del Tribunal Supremo de Justicia para que realice el control de la legalidad de los actos desarrollados en la jurisdicción ordinaria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el recurso de casación y el requisito del precedente contradictorio ante la denuncia de defectos procesales absolutos
- De lo anterior se concluye que la carga de presentar y argumentar el precedente contradictorio no es exigible cuando se aleguen defectos procesales absolutos referidos a la vulneración de derechos y garantías debiendo el Tribunal Supremo de Justicia en estos casos de oficio identificar y aplicar los precedentes contradictorios lo que implica una modulación a la SCP 0895/2012
- En el sistema procesal penal imperante, el tribunal de casación se erige en el órgano especializado para efectuar el control de legalidad de los actos producidos en la justicia ordinaria
- por lo tanto, la labor jurisdiccional compele a la autoridad judicial velar por el normal desarrollo del proceso, cuidando la vigencia de los derechos fundamentales y garantías constitucionales
- que ante la denuncia de defectos procesales absolutos, el Tribunal de casación tiene la obligación de analizar y compulsar los antecedentes del proceso y resolver, sin necesidad de exigir la cita o fundamentación
- III.2. Debido proceso, motivación y fundamentación de las resoluciones y el principio de congruencia y motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- REVOCAR en todo