SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
II.2.
II.2. La ahora accionante, mediante escrito de 20 de octubre de 2009, acompañando precedentes contradictorios, interpuso recurso de casación indicando que no obstante de acuerdo a la nueva concepción doctrinaria, la apelación restringida es el medio legal para apelar errores de proceso o normas sustantivas en los que se hubiere incurrido durante el juicio o la sentencia y la autoridad fiscal en la apelación refirió que hubieron defectos en la Sentencia 32/09, el Tribunal de apelación lo que hizo fue dedicarse a coadyuvar la investigación y no se abocó a analizar y deducir cuál el defecto de la citada Sentencia (fs. 64 a 67 vta.); asimismo, por memoriales de 28 de junio de 2012, y 24 de octubre de 2013, con la suma ”amplía fundamentación del recurso de casación y suma precedentes contradictorios“ (sic) y, ”denuncia defectos absolutos, violación al principio de inmediación de la prueba, acompaña precedentes contradictorios y pide se deje sin efecto auto de vista“ (sic), manifestando que el Tribunal de apelación ingresó a una nueva valoración de la prueba para después con ella dictar Sentencia condenatoria, cuando si consideraba que el Tribunal a quo no realizó una correcta valoración, debió disponer la nulidad total de la Sentencia y determinar la reposición del juicio por otro tribunal (fs. 72 a 82).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el recurso de casación y el requisito del precedente contradictorio ante la denuncia de defectos procesales absolutos
- De lo anterior se concluye que la carga de presentar y argumentar el precedente contradictorio no es exigible cuando se aleguen defectos procesales absolutos referidos a la vulneración de derechos y garantías debiendo el Tribunal Supremo de Justicia en estos casos de oficio identificar y aplicar los precedentes contradictorios lo que implica una modulación a la SCP 0895/2012
- En el sistema procesal penal imperante, el tribunal de casación se erige en el órgano especializado para efectuar el control de legalidad de los actos producidos en la justicia ordinaria
- por lo tanto, la labor jurisdiccional compele a la autoridad judicial velar por el normal desarrollo del proceso, cuidando la vigencia de los derechos fundamentales y garantías constitucionales
- que ante la denuncia de defectos procesales absolutos, el Tribunal de casación tiene la obligación de analizar y compulsar los antecedentes del proceso y resolver, sin necesidad de exigir la cita o fundamentación
- III.2. Debido proceso, motivación y fundamentación de las resoluciones y el principio de congruencia y motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- REVOCAR en todo