SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

a)

El accionante, a través de sus abogados ratificó inextenso su memorial de demanda, asimismo aclaró y complemento lo siguiente: a) El acta de audiencia de cesación a la detención preventiva de 28 de septiembre de 2016, fue rotulada como “Acta de Audiencia de consideración de la Cesación de la Detención Preventiva y consideración de Ampliación de Peligros Procesales”, la cesación tiene su marco legal normativo que es el art. 239 del CPP, y la ampliación de los peligros procesales, no está regulada por la ley; b) Los Vocales demandados, lejos de realizar un control estricto de legalidad como tribunal de apelación, dieron por bien hecho la actuación ilegal del juez bajo el criterio de preservar la igualdad y la cláusula abierta establecida en el art. 14 de la CPE; y, c) Se vulneró el principio de legalidad que afecta al derecho a la libertad, ya que no existe normativa legal que establezca la activación de peligros procesales, más aún cuando se encuentra detenido preventivamente, siendo que, por el contrario, bajo el principio de favorabilidad se debe aplicar la norma más favorable.