sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

I.3.3. Intervención de los terceros interesados

Juan de la Cruz Vargas Vilte, Director Departamental de Cochabamba de la Procuraduría General del Estado, tercero interesado, por informe escrito cursante de fs. 533 a 534, refirió que la Procuraduría General del Estado, no fue sujeto principal en la causa que dio origen a la activación de la presente acción de amparo constitucional, por lo que en función al entendimiento jurisprudencial contenido en la “Sentencia Constitucional 0353/2012 de 22 de junio”, y lo previsto en el art. 15.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), no correspondía la notificación a la Dirección que preside, en calidad de tercero interesado, por lo que se deberá continuar el desarrollo de dicha acción, con prescindencia de la Procuraduría, sin perjuicio de que esta institución pueda ejercer su rol de supervisión respectiva.