Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
II.3.
II.3. El Auto Supremo 42 de 20 de febrero de 2013, emitido por la Sala Contenciosa y Contenciosa, Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, dentro del proceso contencioso tributario seguido por la Sociedad de Estación de Servicios Lubrican S.R.L., contra la Gerencia Distrital La Paz del SIN, que en la parte resolutiva anula obrados hasta el Auto de 23 de febrero de 2012, disponiendo que la Jueza a quo proceda a emitir un nuevo fallo, pronunciándose respecto de la ejecutoria de la sentencia y si corresponde conceda el recurso de apelación interpuesto por la Administración Tributaria (fs. 31 a 34).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- Fragmento 16
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
- III.3.Requisitos para que la jurisdicción constitucional pueda ejercer el control de la legalidad ordinaria
- III.4. El amparo no es la vía para pedir el cumplimiento de fallos constitucionales
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo