Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2017-S3
Fecha: 03-Mar-2017
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 7 de febrero de 2002, Hans Dellien Barba -ahora accionante- inició una demanda por pago de sueldos adeudados y beneficios sociales contra Pedro Iñaki Echevarría Durán, Gerente Propietario de la Empresa Constructora URIZAR E.C.U. -hoy tercero interesado- (fs. 2 a 4 vta.), emitiéndose la Sentencia 22/2008 de 11 de diciembre, que declaró probada en parte la demanda, ordenando al hoy tercero interesado que cancele la suma de $us34 850.- a favor del primer nombrado (fs. 5 a 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- Fragmento 5
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Fragmento 17
- inexistencia de saldo deudor pendiente de los beneficios sociales
- no probó la existencia de saldo deudor a su favor que esté pendiente de pago por concepto de beneficios sociales
- REVOCAR