Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2017-S3
Fecha: 03-Mar-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 07/2016 de 15 de noviembre, cursante de fs. 141 a 144, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Ricardo Landívar Vogtschmitd contra Ernesto Macuchapi Laguna, Félix Rómulo Tapia Cruz y Jorge Adalberto Quino Espejo, ex y actual Vocales de la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, Félix Cirilo Paz Espinoza, Juez de Partido Quinto de Familia -ahora Juez Público de Familia de la Capital- del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Con relación al bien inmueble que consta en el Inc. 7, o sea, el inmueble de la Avda. Busch No 1074, la demandante deberá entregar a su ex - cónyuge el 50% del monto que por el que dispuso su enajenación, todo en ejecución de autos
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.2. Resolución del caso
- iii)
- CONFIRMAR