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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2017-S3

    Fecha: 03-Mar-2017

    II.2.

    II.2.  Mediante Resolución 18/2015 de 26 de enero, emitida por el Juez codemandado, se declaró probada la división y partición de bienes gananciales solicitada, indicando que: “…el inmueble de la Avda. Busch No. 1074, la demandante deberá entregar a su ex - cónyuge el 50% del monto que por el que dispuso su enajenación…” (sic [fs. 18 a 21 vta.]).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Con relación al bien inmueble que consta en el Inc. 7, o sea, el inmueble de la Avda. Busch No 1074, la demandante deberá entregar a su ex - cónyuge el 50% del monto que por el que dispuso su enajenación, todo en ejecución de autos
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
    • en tres dimensiones distintas
    • III.2.1. Consideraciones previas
    • III.2.2. Resolución del caso
    • iii)
    • CONFIRMAR

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