SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2017-S3
Fecha: 03-Mar-2017
en tres dimensiones distintas
De lo referido sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales” (las negrillas y el subrayado nos pertenecen).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Con relación al bien inmueble que consta en el Inc. 7, o sea, el inmueble de la Avda. Busch No 1074, la demandante deberá entregar a su ex - cónyuge el 50% del monto que por el que dispuso su enajenación, todo en ejecución de autos
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.2. Resolución del caso
- iii)
- CONFIRMAR