Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante señala como lesionados sus derechos a la propiedad privada, al debido proceso, la “seguridad jurídica” y al trabajo; citando al efecto los arts. 46.II, 56, 393 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), 21 y 32.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- a)
- nadie podrá alegar la vulneración de derechos de terceras personas para solicitar la tutela de los propios derechos en razón a que correspondió a aquellas solicitar la nulidad de los actos que vulneraron sus propios derechos
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- exigencia de la motivación de las resoluciones
- únicamente la conclusión
- c
- III.2. Análisis del caso concreto
- resultando sin sustento lo acusado en este punto por el accionante en razón a que precisamente, no se acreditó que el predio denominado “Don Juan” tenga antecedente en el expediente 30555,
- 2)
- mediante informe DDSC-COII-INF 1189/2012 de 18 de septiembre, se evidencia la inexistencia de posesión o mejoras en 1996 y subsiguientes por parte de los actuales beneficiarios o terceros,
- 4)
- 5)
- REVOCAR